El CGPJ ha estimado el recurso interpuesto por el magistrado en el que el juez explica sobre sus vistas: «Están y han estado siempre presididas por un crucifijo porque la Ley (y en concreto el artículo 335.2 de la LEC 1/2000, de 7 de enero) me obliga expresamente a tomar juramento o promesa a los peritos; y el 365 me impone la misma obligación respecto a los testigos».
Argumenta que «quien decide prometer lo hace por su conciencia y honor. Pero jurar es (definición de la RAE) afirmar o negar algo poniendo a Dios por testigo».
En el recurso de alzada, el juez José María Magán señala que quien decida optar por jurar en las vistas que él celebre, podrá hacerlo siempre ante un crucifijo, cuya presencia ha sido tradicional en las salas de vistas de toda España.
«Por ello, y a falta de regulación, apelo expresamente a la costumbre como fuente del Derecho para regular este tema», argumenta.
Cuenta también el juez en la apelación presentada por el despacho barcelonés Abocam Abogados que antes de la apertura del expediente ahora archivado se «había dirigido al Delegado Provincial de la Conselleria de Justicia en la provincia de Lleidasolicitándole expresamente uno de los crucifijos históricos que me constan existíanen el viejo edificio la Audiencia y juzgados de Lleida (y que como bienes muebles que son deben constar inventariados)».
«No obstante este señor me contestó en catalán (este señor siempre contesta en catalán a todo aunque se le pregunte en castellano) saliéndose por la tangente y remitiéndome al Juez Decano», añade.
En el escrito de alzada al CGPJ, el juez señala que como una imagen vale más que mil palabras, se remite a la reciente toma de posesión del Gobierno y adjunta las foto de la toma de posesión de la ministra de Sanidad, Ana Mato, y de la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, «ante un crucifijo, y con dos libros abiertos: unos Evangelios (a la izquierda del crucifijo) y una Constitución española (a la derecha del mismo)».